Formacion

Lo que no es normal es tener a una persona contratada un año con una ETT. Se debería limitar la duración de los contratos.Pero es que resulta que también he estado con un contrato temporal sin estar contratado por una ETT.

Y he tenido la misma sensación que los currantes de una ETT (pagas prorrateadas, sin posibilidad de coger vacaciones y despedido un día dos minutos antes de acabar).

Por que hay que luchar contra las ETT? poeque asi es el sindicato de turno el que se lleva la pasta por hacer cursos al parado y luego colocarnos (esto gracias a dios no se ha llevado a cabo)

ETT?Ahora se denominan consultorías y su palabra mágica es outsourcing, que queda muy cool y muy web ..Consultorías, unas sanguijuelas legales en pleno siglo XXI.Todavía recuerdo aquella frase dicha por una lavacerebros de Accenture/Coritel.P.

Sabéis lo que es una consultoría? R. Si, una cárnica. P. Cárnica? R. Si, vende carne de informático al por menor. R. Deme un analista. A cuánto está el kilo de programador? A vale, pues póngame kilo y tres cuartos.

Desde que la (contra)reforma laboral de consagrase definitivamente la legalización de las Empresas de Trabajo Temporal (E.T.T.), su presencia en nuestras ciudades y su uso tanto por parte de empresas como de trabajadores se ha normalizado hasta el punto de constituir una realidad ampliamente aceptada.

Pero esto no siempre fue así. Hubo un tiempo, no tan lejano, en el que las E.T.T. estaban prohibidas por el Estatuto de los Trabajadores y otro, menos lejano todavía, en el que su legalización generó una poderosa reacción social y uno de los movimientos de protesta más interesantes y exitosos de la década de los .

Hoy día, casi años más tarde, aquel movimiento parece haberse olvidado y las E.T.T. están ampliamente legitimadas. ¿Qué sucedió?, ¿cómo ha sido posible tal giro de la historia?, ¿cuáles son las causas de la derrota del movimiento contra las E.T.T.?
Responder a estas cuestiones es sin duda relevante como aprendizaje para la izquierda española en su conjunto, para no repetir errores del pasado en las luchas del presente y el futuro.

¿Qué es una E.T.T.?Las Empresas de Trabajo Temporal vienen a representar un tipo de empresa radicalmente novedoso en la historia del capitalismo en lo que a la relación entre trabajador y empleador se refiere.

No tanto por la temporalidad e inseguridad de la contratación (los beneficios de la legislación laboral y la protección social son más la excepción que la constante en la historia del capitalismo), como por el hecho de representar una mediación entre el trabajador y la empresa donde éste venderá su fuerza de trabajo.

Dicho de otro modo, las E.T.T. contratan al trabajador para cederlo a otra empresa, denominada usuaria, que es quien realmente necesita la mano de obra. Así, el trabajador está empleado por la E.T.T. pero trabaja en la empresa usuaria, de modo que está sujeto a dos patrones: la empresa usuaria y la E.T.T.

A efectos legales no puede presionar a la gerencia de la empresa donde trabaja, porque su verdadero empleador es la E.T.T. En España esta práctica estuvo prohibida por el artículo del Estatuto de los Trabajadores de , por ser considerada "tráfico de mano de obra".

Las E.T.T. presumen de "dinamizar el mercado de trabajo" en una coyuntura histórica marcada por la necesidad de adaptación constante de las empresas a los cambios de los mercados. Sin duda los beneficios para la empresa usuaria son cuantiosos.

En primer lugar, ahorra costes de tramitación, pues es la E.T.T. la encargada de reclutar al trabajador y gestionar su contratación. En general, especialmente antes de la reforma de , reducían los salarios, pues los trabajadores contratados por E.T.T. percibían una paga sensiblemente menor a la de los trabajadores fijos.

Esto, claro, fomenta la competitividad entre trabajadores de plantilla y trabajadores temporales, con la consiguiente presión a la baja sobre los salarios y los derechos laborales. No obstante, gran parte de esta diferencia salarial no repercute en la empresa usuaria, sino que corresponde al pago de los servicios de la E.T.T., lo que se denominan "gastos de gestión", en teoría prohibidos desde .

Así pues, es claro que la utilidad principal de las E.T.T. no es tanto económica como disciplinaria, no implica tanto un ahorro directo de costes como la sumisión de los trabajadores.

El trabajador contratado por la E.T.T. no puede protestar a la empresa donde trabaja, porque no es su verdadero patrono. Tampoco puede sindicarse, y sus condiciones de trabajo no se rigen por el convenio de su sector, sino por el de las E.T.T.

Se estimula la competencia entre trabajadores y se facilita que la empresa usuaria se deshaga con facilidad de cualquier empleado con el que no esté contento.

Pero la realidad es que lo cobre de esta forma irregular no le contará luego para las indemnizaciones (despido, finalización de contrato, rescisiones voluntarias…), ni para las bajas, ni para las pensiones de invalidez, ni para el paro, ni para la jubilación… Concretamente el trabajador se ahorra el 4,70% de SS, el 1,55% de desempleo, el 0,10% de formación y el IRPF. Hasta ahora a muchos jóvenes no les importaba no formarse pero desde ahora no querrán formarse porque tener alguna titulación será un obstáculo real para conseguir ciertos tipos de trabajo. En las empresas muy grandes que tienen relaciones sospechosas con uno o varios sindicatos es mucho mejor que te despidan individualmente para poder demandar por despido improcedente, porque con toda seguridad el comité de empresa (o el comité intercentros) firmará el ERE diga lo que diga. Las Administraciones Públicas podrán solicitar del Instituto Nacional de Empleo, en su caso, la formación profesional necesaria para la adaptación de los trabajadores a las tareas que se les asignen. No os afecta en absoluto esta posible reforma ni ninguna otra a los que no demandaríais a vuestra empresa al alcanzar el mes 24, ni el 240, ni después de ser despedidos, ni tampoco tras ser violada vuestra madre, vuestra hermana y vuestro hamster por el empresario con la escobilla usada del water. Es decir que en la estimación del coste se han pasado un 50% como muy poco.

Además hay trucos para recuperar el descuento en casos dudosos. ¿Qué problema puede hacer en ello excepto que la causa no exista? Pero claro, si un empresariete pone en la carta que despide al trabajador porque no ha encontrado el anillo del poder, porque tiene pérdidas causadas por el unicornio rosa o porque lo ha dicho Mourinho, con toda seguridad el juez se lo va a declarar improcedente porque ninguna de ellas es causa objetiva. Los 94.363 contratos indefinidos se han distribuido de la siguiente manera: - Ordinario (Bonif./no Bonif.)44.851.47,53% - Personas con discapacidad.1060,11% - Conversión temporales.31.556.33,44% - Total ordinario.76.513.81,08% - Fomento de la contratación indefinida.9.3589,92% - Personas con discapacidad.5870,62% - Conversión temporales.7.9058,38%  Total Fomento de la Contratación Indefinida.17.850.18,92% Por tipo de jornada - A tiempo completo.61.625.65,31% - A tiempo parcial26.590.28,18% - Fijos discontinuos6.1486,52% De los 94.363 contratos indefinidos del mes de Febrero de 2011, 32.738 (el 34,7%) han sido a tiempo parcial o fijos-discontinuos, que, aunque indefinidos, son contratos precarios. De lo expuesto se deduce que esta Institución, no puede decantarse por una solución que sólo desde las Cortes Generales puede ser afrontada. Decimos "ilegales" porque el Estatuto de los Trabajadores hace casi 30 años que prohíbe la realización de más de 40 horas semanales en promedio.

Pero claro, eso no se sabe hasta después de leer los mensajes, con lo que la empresa se habría expuesto a una querella criminal del trabajador en caso de que cualquiera de los mensajes de su cuenta sí que hubiera contenido información personal. No dudes que si aguantas conseguirás que traguen con las condiciones legales o que te despidan pagando. En caso de que su convenio sí que haya muerto y la empresa le bajara el salario sin más, el trabajador podría accionar exactamente de la misma forma, es decir reclamación de cantidad con o sin extinción voluntaria indemnizada. Hasta aquí la hermosa teoría. El juez esperará los meses o años que hagan falta hasta que esta querella se resuelva. Y no, no estamos hablando de cobrar un sobre por enchufar a alguien. En otros casos (art.2.a) hay que demostrar que se gana menos del doble del salario mínimo, pero no en los casos laborales (art.2.d). Por supuesto que aquí entra cualquier tipo de servicio informático, por lo que se ven afectadas por este convenio las empresas de venta y/o mantenimiento de hardware y/o software, las empresas de programación, las que dan servicio a otras empresas o en general cualquiera que se relacione con la informática de cualquier forma. ¿Puede haber una contradicción mayor?

La huelga es contra la reforma laboral. Pero no que lo penséis después de verlo, sino que en al mismo tiempo que lo veis penséis (e incluso anotéis) qué haríais en cada uno de los momentos. Como conclusión, decir que esta Reforma Laboral no crea empleo, ni mejora la estabilidad, ni acaba con la dualidad, ya que, además de beneficiar a los empresarios y reducir los derechos de los trabajadores, facilitando y abaratando el despido, al igual que las reformas anteriores (que ya ha habido varias) no va a servir para eliminar la precariedad y la temporalidad en el mercado de trabajo En España, el tramo horario en el que podemos encontrar a un mayor nº de ciudadanos fuera de casa es entre las 8:00 y las 15:00. Por todo ello se puede decir que se ha abierto un auténtico coladero en la AP para los chicos listos que tengan este tipo de "contrato", tal y como se pronosticaba en el punto 7 del artículo de los incendios enlazado al principio. Peeeeeeeeerooooo hay un problemilla de nada.

También se puede pedir el paro aunque pongas no conforme y empezar a cobrarlo incluso aunque se haya demandado. por algo será. Una vez finalizado el acto, el juez decidirá si ese documento puede ser "de notoria influencia en el pleito" porque necesite saber si es o no falso para poder dictar sentencia. Pero la realidad es otra:  Por mucho que les joda, la culpa es sólo suya porque son ellos los que han votado siempre a estos sindicatos. Pues bien, si nos ceñimos a estas normas, la aplicación de esta genialidad podrá llevar a los siguientes casos absurdos, pero totalmente posibles, típicos de una empresa de Málaga: Podrán llamar a trabajar a los que estén cobrando el paro o el subsidio, pero no podrán llamar a los que ya no estén cobrando ninguna de las dos cosas porque los hayan agotado o porque nunca hayan tenido derecho a los mismos. El sueño de Megalibegalman, el nuevo X-MEN, hecho realidad. El caballero parece ser que ha dicho que 4 días de permiso son muchos porque hoy en día ya no se viaja en diligencia. Esto echa por tierra cualquier balance positivo de una Reforma Laboral que lleva ya en vigor más de 4 meses, así como los comentarios hechos sobre los datos de la última Encuesta de Población Activa elaborada por el Instituto Nacional de Estadística (INE), conocida a final de Septiembre, en el sentido de que se había creado empleo e invertido la tendencia de crecimiento del paro durante los últimos meses.

Al contrario de lo que la gente dice, las posibilidades de conseguirlo no son bajas, sobre todo si hablamos de la típica empresa que paga y/o cobra en B, dobles o triples empresas para una misma actividad, falta de pago de la indemnización, errores de forma, etc. Si decide que es importante, dará un plazo de 8 días a quien haya dicho que era falso para que presente una querella criminal. Sentencia 331/2010 del TSJ de Málaga: una empresa ha sido condenada al pago de 153.468,42€ a uno de sus trabajadores de 61 años por acosarle al no querer prejubilarse. Si se cumplen los requisitos de pago, dependencia y ajenidad con una empresa serás falso autónomo y podrás demandarla, aunque lo que les factures sea irrisorio comparado con lo que les factures a las otras empresas. Sobre todo cuando viene acompañado del típico baile nupcial, en el que el responsable de recursos humanos en la empresa se da golpes de pecho al son de "en cuanto me paguen te pago". El 10% es poco pero el 0% es menos.

Por supuesto que hay miles de casos en que varias de estas formas se juntan. Es tan fuerte el deseo de poder anunciar algún día que los contratos indefinidos ha sido muchísimos que el gobierno en el 2012 se sacó de la manga el contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, que es un nombre chulísimo. La empresa: el trabajador se los pasa por la piedra delante de todo el personal, porque se sale con la suya. Si a un testigo lo cita el juzgado tiene la obligación de ir. Además le quitamos trabajo a los funcionarios del INEM con lo que se mata dos pájaros de un tiro. Sin duda este tipo de empresas son las que más están sufriendo con la crisis y bien merecido que se lo tienen. ¿Qué hace falta para que lo firme un único sindicato? Que tenga al menos el 50% de los delegados en las elecciones sindicales. todo según lo que le vaya apeteciendo al señor responsable de recursos humanos en la empresa con que solo te preavise con 3d de que vas a hacer esas horas complementarias. Porque la empresa de trabajo temporal le decía a un trabajador con contrato a tiempo parcial el del taller que no le pagara 1300€ al mecánico, porque como es un asesor mu güeno se ha inventao un truco que es pagarle 1000€ + 200€ de comida + 100€ de transporte, para cotizar menos, aunque el mecánico vaya andando al trabajo y coma en casa. Quien lo dude sólo tiene que analizar lo que ha dicho el BOE en los últimos años, no lo que digan los contertulios y menos aún los políticos. Pero mucho ojo. y un palito, demostrando el interés que pusieron en ese convenio los que lo "negociaron" y firmaron. Dicho de otra forma: si se retrasan tienen que pagar el 10% anual incluso aunque paguen la deuda por las buenas sin que el trabajador los haya demandado.

No se podrán trabajar más de 9h diarias en ningún caso. una camarera en prácticas se cree que la empresa es su amiga y que responsable de una empresa de trabajo temporal va a entender sus alegaciones y que la va a perdonar y le va a dar un día libre. etc. No tienes protección contra despido por la reducción, pero sí la habitual por funcionario. Antes de entrar en materia hay que dejar claro lo que es una hora extra y saberla diferenciar de una hora complementaria, especialmente después de la reforma laboral del 2014. A diario vemos casos de mujeres embarazadas que no tienen ni putísima idea del grado de protección legal que tienen. En este caso no deberías tener ningún cambio en tu nómina en los meses con vacaciones. Aparte tendrán que optar entre readmitirle o pagarle además una indemnización de 30.000€. Si tu empresa abre y se ve realmente obligada a cerrar por las causas del artículo 12 del RDL 17/77 (piquetes violentos, ocupación o no poder funcionar por las ausencias), pueden descontar un día a toda la plantilla incluidos los no huelguistas.

La demanda de rescisión voluntaria es una de las posibilidades legales que tiene un trabajador acosado y si se gana, el trabajador tiene derecho a irse de la empresa cobrando la misma indemnización que si hubiera sido despedido de forma improcedente (45d por año) y además derecho al cobro del paro y por supuesto el resto de conceptos del finiquito (vacaciones, pagas extras.). En muchas ocasiones, la forma más sencilla de conseguir pruebas e indicios es grabar las conversaciones que tengas con tus superiores en la empresa en las que se pruebe que estás a sus ordenes, por ejemplo cuando se hable de tu horario, vacaciones, permisos, forma de hacer el trabajo.

Las Empresas sujetas a este Convenio disfrutarán de jornada intensiva en el mes de agosto con la duración semanal máxima prevista en el punto 3 siguiente. Pero ojo, que en estos casos se interrumpe el plazo de reclamación ante la empresa, pero no ante el FOGASA. ¡ATENCIÓN!La Ley de Jurisdicción Social ha introducido unas modificaciones sustanciales en las demandas de reducción de jornada haciendo mucho más fácil conseguir la reducción aunque no sea exactamente en el mismo horario que pedías y permitiendo el recurso si pierdes en algunos casos, la petición de daños y perjuicios y . El caso es que es muy habitual que un trabajador llegue a uno de los límites. Es decir que tiene que ser lo suficientemente concreto para no provocar la indefensión del trabajador despedido. Es lo que tiene la B: que es B en ambos sentidos.