Ofertas de empleo

A mi me hicieron una mas gorda... El tema fue tal que asi: a principios del yo estaba buscando curro, acababa de terminar la carrera y lo unico que habia encontrado hasta entonces era un trabajo de comercial de vodafone en un pc city, un trabajo en el que dure un mes porque no hice una sola venta, el sitio no estaba preparado y ni dios sabia que ahi se vendian moviles.

ETT española, de ámbito nacional que trabaja en todos los sectores. ETT: Empresa dedicada al sector de Hostelería también. No quisiera se agorero, ni que me tachen de cansino en mis comentarios. Pero cosas así reafirman mis opiniones sobre la situación actual, presente y pasada en este país. Si no sale en la tele NO existe.

Cuando la crisis NO salga en la tele ya no habrá crisis. Es igual que la guerra de Irak, todo cristo en la calle gritando. Meses después ya no se acordaba nadie y por un atentado el PP no repitió. En este país no pasa nada, todos gritamos, todos nos quejamos, pero no pasa nada. Me viene a la mente la canción ya sabéis cual no?. Para cuando una revolución? Para cuando? u u No rebajan el salario tanto...

La empresa paga por un servicio (i.e. horas de trabajo mas IVA); la ETT paga al trabajador, a la seguridad social, la parte de impuestos que le toca del trabajador... En realidad una empresa normal paga alrededor de un % del sueldo del trabajador en impuestos...

Y como esta empresa es en realidad la ETT, pues ahi está el truco. Vamos que el que gana al final es tambien el gobierno, lo mires por donde lo mires

¿Pero qué estáis diciendo? Por lo que dicen por ahí arriba, las ETT son poco menos que la salvación de la humanidad.¡Y UNA MIERDA!En las ETTs pagan poco, tarde, no tienes derecho a vacaciones, te pueden echar cuando les salga de los cojones, raramente hay oportunidades de quedarte en la empresa, no puedes ascender...

Pero claro, como las trajo el PSOE, hay que defenderlas. Putos fanboys. Qué asco. Creo que muchos de los que aquí opinan de forma gratuita deberían informarse un poco antes de hablar.Las ETTs ni son tan malas ni tan buenas, ante todo son empresas privadas, por lo que evidentemente tienen que obtener beneficios por prestar un servicio.

El problema viene cuando resulta que el "servicio" en este caso son personas. Tened en cuenta que ETTs hay muchas y de muchos colores y, como pasa con cualquier otra empresa/sector las hay mejores y peores.

Si vamos a una ETT local seguramente nos encontraremos con muchos más "chanchullos" y mangoneos que en una más seria.En cuanto al tema de "el salario que se quedan/roban del trabajador", "la indefensión" o la "falta de derechos"; todo mentira.

Para empezar cualquier trabajador contratado por ETT tiene un convenio al que acogerse además de el estatuto de los trabajadores. Ante cualquier incumplimiento de sus derechos y/o abuso puede y debe denunciarlo ante las autoridades como en cualquier otro trabajo/empresa.

Otra cosa que hay que tener en cuenta es el tipo de contrato que haga la ETT. Si lo que hacen es una obra o servicio (siempre que las características del puesto de trabajo lo permitan, si no se incurriría en fraude de ley por parte de la ETT) hay que saber que en cuanto se acabe la "obra" objeto de contrato, este puede finalizar sin previo aviso (y esto paso en una ETT o si la empresa realiza este tipo de contrato) lo cual no quita que el trabajador contratado tenga derecho al cobro de su finiquito correspondiente.

Si el tipo de contrato es una acumulación de tareas la cosa cambia. La empresa fija unos días de prueba durante los cuales y antes del fin de los mismos el trabajador o la empresa usuaria pueden dar por finalizada la relación laboral sin previo aviso.

Una vez finalizado el periodo de prueba, si se despide al trabajador, éste sería un despido improcedente. (nota: en las obras también hay periodo de prueba. El periodo de prueba suele relacionarse con la categoría del puesto a cubrir y suele oscilar entre y días).

Es muy fácil criticar lo que no se conoce y que paguen justos por pecadores, pero ya me gustaría veros a más de uno intentando cubrir puestos de trabajo de un día para otro sin echar mano de una ETT, o buscar un perfil altamente cualificado cuando el mercado está saturado sin llamar a una consultora.

¿Que sale más caro que si lo hace la propia empresa? Por supuesto, al igual que te sale más caro cenar un filete con patatas y una coca-cola en un restaurante en lugar de cenar en tu casa.

Las ETT tienen su motivo de existencia que es, como su nombre indica, gestionar trabajos temporales. Yo he trabajado unas cuantas veces con ellas (cosas de fin de semana cuando estaba estudiando) y si no hubiera sido así no habría encontrado ese trabajo.

Trascurre cierto tiempo y se empiezan a ver venir las demandas de reclamación de cantidad laboral, las denuncias ante Inspección de Trabajo (no hay que olvidar que el impago es una falta sancionable) o incluso las huelgas en caso de impagos colectivos. CON DISCAPACIDAD 97 0,09 CONVERSIÓN 26.515 25,81 TOTAL ORDINARIO 74.765 72,78 FOMENTO CONTR. Los representantes de los trabajadores de uno de los centros aceptaron la propuesta inmediatamente, pero los del otro centro no. ¿Realmente es cierto que el trabajador medio no puede permitirse un día de huelga? Analicemos el caso. Captará que ese trabajador probablemente no tenga un puto euro ahorrado en el banco, no tenga calculadora de Hello Kitty y no sepa de verdad ni lo que cobra ni lo que le retienen ni lo que es una cosa ni la otra ni nada de nada, con lo que podrá hacer con él lo que le de la gana cuando le de la gana. En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible.

Es decir que el último párrafo del 86.3 es una norma de derecho supletorio, no de derecho necesario, por lo que es aplicable sólo cuando no opere todo lo que le antecede en el 86. con lo misma seguridad como que en agosto es verano, porque por supuesto ese es el único objetivo final de la propia existencia de estos sindicatos. Conseguir este cambio de turno u horario sin reducirse la jornada no proporciona el "blindaje" contra despido que proporciona la reducción voluntaria de jornada. Es decir que hablamos de que no quepa discusión alguna de que el día X te tenían que haber pagado una cantidad, pero te la pagaron el día Y, con lo que es indiscutible que se ha generado el 10% de interés anual en el periodo transcurrido entre X e Y. Lo mismo si quien te acosa es un familiar, amigo, socio o empleado del jefe de cualquiera de las dos empresas. En caso de accidentes en empresas subcontratadas, la responsabilidad es solidaria de las dos empresas: la contratante y la contratada. Si dejas de ir a trabajar a consecuencia de una operación de este tipo entrarías en una situación extraña. Lo puedes hacer mediante testigos (vale cualquier persona, aunque los mejores son los clientes y exempleados) o prueba documental: fotos, registro de la propiedad intelectual (puedes registrar los programas que haces), hojas de encargo o evaluación, emails de tus jefes. Por tanto, el responsable de recursos humanos en la empresa que se "informe", como casi todos, en el bar, en el fútbol o en la empresa de trabajo temporal debería tener cuidado con lo que hace. art.49.c ET El trabajador no cobrará indemnización si lo echan al acabar el contrato de formación.

Nadie te puede impedir seguir tranquilamente de alta como autónomo y facturando a las otras empresas. A ver si así: firmar un contrato temporal en fraude es lo mismo que firmar un contrato indefinido. El mero hecho de que esté leyendo esto indica que no lo es. Por tanto, la respuesta a esta primera pregunta está clara: tienen que pagarte siempre. Sin embargo, este requisito no es necesario para que haya acoso solo a efectos laborales, como incumplimiento grave del empresario y violación de derechos fundamentales, por lo que a efectos de juzgado de lo social, el acoso puede venir también de los compañeros de trabajo del mismo o inferior nivel e incluso de cualquier tercero relacionado con la empresa por cualquier razón, no solo laboral." Calumnia. Pero no tienes que justificar que realmente necesites el permiso ni para qué lo has usado, sino que sólo tienes que justificar que existe el hecho que causa el permiso. Sería improcedente o incluso nulo un despido objetivo o un ERE.

La empresa ha llevado a cabo un comportamiento que afecta directamente a la dignidad personal y a los sentimientos más profundos del trabajador, porque tal comportamiento no sólo ha sido destructor, sino además, malintencionado, y ha tenido su origen en las relaciones interpersonales existentes en el seno de la empresa y en el propio interés de ésta, no satisfecho por el trabajador al negarse a aceptar la jubilación parcial, en el legítimo ejercicio de su derecho. Es decir, que al empresario de PYME le irá igual de mal o de bien que les vaya a los trabajadores, pero al gran empresario le irá bien de cualquier forma con las reformas que se han estado aplicando y las que se van a aplicar. Tu jornada será la normal. Por supuesto, aceptar las condiciones impuestas, incluso por escrito, no supone perder el derecho a reclamar después lo que te corresponde, ya que los derechos laborales son irrenunciables por el art.3 ET. Además de los dos anteriores, opcionalmente podrías presentar una denuncia penal en cualquier comisaría de Policía o directamente ante el juzgado, en caso de tener pruebas de la amenaza, por presunto delito de coacción. Parece claro que la antigüedad media debería ser 3 veces inferior en España o al menos claramente inferior. por menos de 50€.

Lamentablemente son cientos los convenios que tienen una clasificación profesional hecha con el culo, dos c. Si no cumplen con su principales obligaciones, que son hacerte contrato laboral como trabajador por cuenta ajena y darte de alta en la SS como tal, imagínate por dónde se van a pasar sus obligaciones secundarias. El desglose de los 917.055 contratos temporales celebrados en Febrero de 2011 es el siguiente: Por tipo - Obra o servicio.396.73943,26% - Eventuales circunstancias Producción395.95643,18% - Interinidad.107.12611,68% - Formación.3.596.0,39% - Practicas.3.395.0,37% - Jubilación parcial2.171.0,24% - Relevo1.629.0,18% - Personas con discapacidad.1.275.0,14% - Jubilación especial 64 años.212.0,02% - Otros contratos.4.956.0,54% Por duración de la jornada - A tiempo completo.665.79272,60% - A tiempo parcial 251.26327,40% De los 917.055 de contratos temporales celebrados, 251.263 (el 27,4%) son a tiempo parcial que son el colmo de la precariedad, temporal y a tiempo parcial El 98,12% de los contratos temporales celebrados son eventuales, de obra y servicio o de interinidad.

La jornada anual no se puede aumentar mediante el procedimiento de modificación de las condiciones de trabajo de la reforma laboral del 2012, aunque miles de ignorantes que se dicen asesores de los trabajadores digan que ese artículo permite hacer cualquier cosa. Es decir que los límites existen para que los contratos temporales se conviertan en indefinidos y/o para que no puedan hace más contratos temporales, pero jamás para que puedan echar a los temporales sin indemnización o para que no puedan contratar a más indefinidos. Así que más claro no puede estar: el propio convenio dice que se mantendrá en vigor hasta que no se firme un convenio nuevo. El típico caso en el que despiden a los informáticos cuando "no tenemos cliente para ti". Muchas veces los trabajadores se sorprenden cuando les confirman que, por ejemplo, es perfectamente posible y legal el despedir a un trabajador cuando está de baja, incluso aunque sea una baja por accidente de trabajo por culpa de la empresa. Pues bien, en convenio o en contrato individual de trabajo se puede establecer el pago de una cantidad en concepto de “quebranto de moneda”, al personal que tiene que manejar dinero, como los cajeros o dependientes, aparte de los conceptos retributivos obligatorios (salario, etc.) que exija el convenio. Que sea responsable de sus actos, es decir que no estuviera incapacitada, para que la abuela se comiera el marrón si pasara algo.

Sea porque le van a bajar el sueldo, porque le van a pagar menos despido o porque va a tener más difícil cobrar el paro. Pero en la práctica, todos los trabajadores harán 45, 50, 60 horas moderadas por el responsable de recursos humanos en la empresa para levantar una empresa de Málaga empezando por el dinero que guarda en billetes de 500€ en casa o en la caja de seguridad del banco. La empresa no le compensa estas horas sino que se las paga aparte. El 30 estaba de patitas en la calle. Lo importante es que hablaron magistrados de la Sala IV del Tribunal Supremo, la Sala de lo Social, es decir la Sala que va a decidir finalmente cuál va a ser la interpretación definitiva de este despido objetivo por causas económicas, es decir quien finalmente decidirá si esto del despido objetivo es tan fácil como algunos dicen. Normalmente gratis si llevas afiliado un período mínimo de carencia. Empleados públicos con contrato laboral. Segun forocoches tiene que tener personalidad proactiba y tener títulos de FP y de la Unibersidad.

En él se decía que los despedidos no voluntarios serían seleccionados por la empresa "según criterios de evaluación multifactorial, tales como la formación, experiencia en el puesto, polivalencia entendida como la capacidad para asumir cambios y adaptación a otras funciones, trabajo en equipo, grado de implicación en la consecución de objetivos.". No habrá alta presunta, que es lo que pretendían en un principio. para "hacer huelga". En una empresa de Málaga, un título de empleado de una empresa en expansión deluxe vale más que un máster. No se suelen acordar del pequeño detalle de que el aprendiz de un trabajador con contrato a tiempo parcial está contratado como peón de almacén y que el agente de Mangancio está contratado como auxiliar administrativo, ambos con contratos temporales en fraude. La parte de la indemnización que exceda estos 2.000€ por año de antigüedad sí que estará sujeta a IRPF. Estos datos, por sí mismos preocupantes, lo son más si tenemos en cuenta que están marcando una tendencia hacia un esquema anglosajón en el que preocupa, tal y como apuntan los propios autores del estudio, el "riesgo social de aislamiento". ¿Pero mientras tanto qué? ¿Qué pasa o qué puede hacer un trabajador al que le bajen su salario o cualquier otra condición laboral por la muerte de su convenio? Lo primero que puede hacer el trabajador sería comprobar si es cierto que su convenio ha muerto.



Si trabajas en ciertos sectores, por no decir en casi todos, sería prácticamente milagroso que no hubieras pasado por los famosos contratos por ETT (empresa de trabajo temporal) y/o por las aún más famosas contratas, subcontratas, subsubcontratas o en general subncontratas. Por ejemplo ¿exactamente qué reforma laboral dice un desempleado de la construcción que va a quitar? Porque no olvidemos que el PPSOE Azul hizo la del 2012, pero que el PPSOE Rojo hizo la del 2011 y sobre todo la del 2010. Por tanto, damos la bienvenida a la empresa de trabajo temporal al colectivo de perjudicados por el fraude laboral generalizado de las empresas españolas. La protección consiste en que el despido es nulo por defecto a no ser que la empresa pueda probar que es procedente.

Las vacaciones pueden comenzar en día no laborable, como confirmó el Supremo, pero eso no quiere decir que un día pueda ser al mismo tiempo de vacaciones y día de descanso semanal. Pues bien, hasta ahora el criterio del TS era que esto valía para cualquier trabajo en la AP porque por ser AP se presupone que es de utilidad social y que también se presuponía que el puesto era temporal porque el art.38 del RD 1445/82 dice que sólo se podría mantener al trabajador mientras le quedara paro o subsidio. -Trabajador: "Estuvisteis persiguiéndome día tras día para que me prejubilara y os dije que me dejarais en paz, que no me sentía bien".