miércoles, 25 de julio de 2012

La privatizacion del empleo

Si, bueno...  Joder pues a mi ni me ofertan las ETT, asi que no tengo ese problema.  Se ha instaurado un peligroso discurso sobre los servicios de empleo, achacando su mal funcionamiento basado en la cantidad de trabajadores que colocan estos servicios. Esto es un error y por supuesto una manipulación para conseguir que millones de euros anuales vayan a parar a las empresas, casi siempre de algún amigo. Así nos va.

Debieron pensar "si cuela, cuela y si no, me la pela"  Es lo que nos faltaba que una empresa privada que basa su actividad en la leyes del maximo beneficio tenga capacidad de decision sobre los trabajadores.  Pues aprovecharán para ofertar peores trabajos sabiendo que serán más fáciles de aceptar ...   tu comentario es correcto, un despido es siempre por voluntad del empresario, eso esta muy claro.

Ahora parece que haya que poner el grito en el cielo porque Esperanza haya cumplido la ley. Lo que hay que leer.  El grupo es bien conocido en Vigo por su falta de escrúpulos...  Privatización de la gestión del empleo... los derechos básicos no se pueden dejar en manos de empresas privadas porque buscan el beneficio económico y hay caso en que lo que importa no es el dinero sino el bienestar de la gente. Parece que ningún político se acuerda de eso.

 Propaganda electoral. Además de que mucha gente encuentra curro gracias a las ETT, no sé que tienen en contra.   Háztelo mirar, lo primero es conocer tus derechos. Sólo si eres tú el que decide abandonar la empresa no cobras paro.

 Ya veo recibiendo ofertas en Laponia de mantenimiento de sistemas Unix. Pero como marques la casilla de "conocimientos informátcos", esta gente no sabe la diferencia entre programar en Java y en Pascal. El trabajo se adecua a tu perfil.

Para tener esta protección es necesario haber disfrutado de los permisos de maternidad, adopción o acogimiento o paternidad. ¿Esto es una medida que perjudica a los trabajadores? Obviamente no, sino todo lo contrario. Pasado mañana. Pero ya no, porque el art.48 del EBEP fue reformado en julio de 2012 eliminando el texto que decía "en defecto de legislación aplicable". Levantar acta de todas las reuniones. Extinción voluntaria indemnizada por traslado definitivo con cambio de domicilio. En el caso 2, se trataría simplemente de una cesión ilegal de trabajadores. Por tanto, desde el 15/7/12 todos los funcionarios de cualquier administración estatal, autonómica o local tienen como mínimo los derechos de reducción de jornada establecidos en el art.48 EBEP. En un festival de este tipo siempre, o casi siempre, hay cesión ilegal de trabajadores por medio; y en consecuencia siempre, o casi siempre, el empleado escoge a la empresa cliente como "objetivo" de sus reclamaciones, ejerciendo su derecho de opción que le concede el ET. La mejor prueba de ello es que la primera medida ha sido una propuesta de PP y CiU y la segunda una propuesta del PNV; es decir de la derecha reconocida como tal. Esto quiere decir que la empresa es la que corre con todos los riesgos, ya que por algo se quedan con el fruto de tu trabajo. Si les gusta, bien; si no, que den por finalizada la reunión y que luego hagan lo que puedan, que nunca podrá ser más de lo que sepan hacer. La segunda es que aunque trabajes físicamente en B estarías a las órdenes de A, trabajando con material y medios de A, organización de A, etc.

Es obvio que no tiene por qué tener absolutamente nada que ver con lo que él te pueda contar que está buscando. A no ser que diga lo contrario específicamente en tu contrato, en un acuerdo con los representantes de los trabajadores o en el convenio. Por otra parte, en febrero se han registrado 6,991 contratos formativos (10.304 fueron en Enero), que han representado sólo el 0,76% de todos los contratos temporales. Por ejemplo, la empresa de limpiezas puede tener en cartera a montones de limpiadoras que lleven allí años sin abrir la boca y que no se espere que la abran porque tienen 3 hijos e hipoteca. Es más, podría suceder que el convenio dijera que se retribuye el descanso de bocadillo pero no dijera que fuera tiempo de trabajo. Las empresas se gastarán menos dinero en cotizaciones y los trabajadores cobrarán menos de indemnizaciones. Además, el número de hogares con todos sus miembros activos en paro aumenta en 35.600 en el trimestre y se sitúa en 1.328.000. "Hoy" curiosamente también quiere decir hoy, es decir que no hay que esperar a que Paqui termine la baja ni a que una camarera en prácticasto vuelva de vacaciones ni a que los clientes paguen ni a que una empresa de Málaga gane el mundial de badminton bosleigh. Recordad que el despido objetivo individual o por ERE no sólo se puede fundamentar en causas económicas sino también en causas técnicas, organizativas o de producción.

El problema suele venir en la demostración de la dependencia y de la ajenidad. Algunos casos son tan sencillos que basta con redactar bien la solicitud de acto de conciliación y la demanda, porque el juez ya conoce las leyes. Contratación. Una vez que sepas, con suerte, cuál es el convenio real y tu categoría o grupo real entonces viene el siguiente paso y habitualmente el más sencillo, que es encontrar el sueldo. Las empresas no pueden pagar lo que quieran e incluso tampoco pueden hacerlo los responsables de recursos humanos en la empresa. Habrían hecho unas declaraciones a la TV que abrirían todos los informativos nacionales. Algunas empresas pretenden que las vacaciones son sólo de 30 días naturales al año e incluso algunas dicen que "aquí son menos porque es así". La empresa recurre al TSJ. Pero no hay que preocuparse por sus problemas de astringencia porque este 99% no lee este tipo de sitios web, sino que su repertorio se limita a Marca, forocoches, Youtube, melobajotodoaunquenolovea y cosas así. En diciembre de 2014 se informó en la asesoría de Málaga de la sentencia del TS que supuso que las condiciones laborales de los convenios que hayan perdido realmente vigencia se han transformado en condiciones laborales de contrato individual de trabajo.

De hecho, la doctrina del TS dice que no es causa válida de despido disciplinario la falta de entrega de estos partes mientras que el trabajador disponga de su copia. Al igual que es ineludible la obligación de cumplir con el salario de convenio y con las vacaciones del convenio, también lo es la de cumplir con el seguro del convenio. En la gran mayoría de ocasiones, a este tipo de trabajadores les corresponde un contrato indefinido fijo discontinuo o bien un contrato indefinido a tiempo parcial.

¿Pero es que aquí nadie se ha leído nunca el art.55.5 del ET? "Será nulo el despido que tenga por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la Ley, o bien se produzca con violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador." Pues bien, precisamente el art.14 CE dice: "Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social." Por tanto, despedir a Ana Pastor por ser del Atleti sería despido nulo no sólo por discriminación, sino también por violación de sus derechos fundamentales a la libertad ideológica (16 CE) y la libertad de expresión (20 CE).

Mantenimiento de los derechos de los trabajadores en caso de traspasos de empresas, de centros de actividad o de partes de empresas o de centros de actividad (UE Dir 23/2001) Mantenimiento de los derechos de los trabajadores en caso de traspasos de empresas, de centros de actividad o de partes de centros de actividad (UE Dir 187/1977, derogada por UE Dir 23/2001) STC 66/1987 - Eficacia del principio de igualdad en la aplicación del ET-art.44. Trabajador que presta sus servicios para la empresa ETT S.A., siendo su actividad la de la lectura de contadores de la empresa ETT, habiendo sido subcontratado dicha actividad por la empresa ETT. Muchos trámites que, además, hoy se podrían hacer por Internet. En los paneles informativos no hay, como en otros países, fichas con ofertas concretas donde alguien busca un camarero, una secretaria, un vendedor para toda España, un community manager, un repartidor con vehículo propio o un profesor de primaria. UGT y CCOO denuncian que nuevamente el Ejecutivo trata de regular de forma unilateral y sin abrir periodos de consulta y negociación con los interlocutores sociales y hacen un llamamiento para que el Gobierno atienda los compromisos de dotar a los Servicios Públicos de Empleo (incluido el Estatal), de los medios humanos, materiales y técnicos adecuados, incluyendo el diseño de un sistema de compensación que evite la descapitalización que ha sufrido la plantilla del Sistema Nacional de Empleo. Nuevamente el Gobierno intenta regular de forma unilateral y sin abrir períodos de consulta y negociación con los interlocutores sociales asuntos de gran importancia. En el SEPE el trato es frío y cortante.

Y la doctrina es igualmente aplicable al supuesto de despido nulo por traer causa en haberse solicitado privadamente la fijeza en la empresa usuaria, cuando se trata de contratos de puesta a disposición encadenados para atender necesidades permanentes de la empresa usuaria. Además, si es así, tengo que decir que nuestros gobernantes lo están haciendo maravillosamente. Si cierra la compra de Fremap, controlaría cuatro sociedades de prevención de riesgos que en 2013 facturaron 273 millones. Supongo también que habrá muchos intereses de todo tipo para que las cosas sigan como están. Ahora busca quedarse el viernes con la mayor del sector, la de Fremap. 43 del ET y de la jurisprudencia de esta Sala que lo interpreta. Quien nos atiende, muchas veces desconocedor de la casuística burocrática que le incumbe, no quiere saber nada de nosotros y cualquier duda que uno se aventura a elevar es aclarada con monosílabos y, a veces, con palabras de desdén.

Leo que hay poco dinero y que por eso el servicio es deficiente. Su incorporación se produce ostentando los derechos y obligaciones correspondientes en condiciones ordinarias a un trabajador que preste sus servicios en el mismo o equivalente puesto de trabajo, de forma que la relación laboral, generada en la realidad, produce todos sus efectos, incluyendo las posibles diferencias retributivas y cómputo de la fecha de antigüedad en la empresa, a contar desde la fecha inicial de la cesión (S.T.S. Tampoco resulta aplicable la sentencia Schmidt (14 de abril de 1.994 ), que, efectivamente, consideró sucesión de empresa a la situación en la que un empresario contrató con otro la ejecución de los trabajos de limpieza de los locales de la empresa, que hasta entonces eran desempeñados de manera directa por una sola trabajadora, pues como es sabido, esa orientación amplia en la aplicación de la Directiva se abandonó pronto en las sentencias Rygaard (19 de septiembre de 1.995), Süzen (11 de marzo de 1.997 ), con arreglo a las que la Directiva es aplicable a todos los supuestos de cambio, en el marco de relaciones contractuales, de la persona física o jurídica responsable de la explotación de la empresa que asume las obligaciones de empresario frente a los empleados de la empresa. Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid 23 de octubre de 2006. Esto cuesta creerlo porque antes, cuando había recursos, los socialistas se preocuparon muy poco por mejorar el servicio. Para ello, las autonomías tienen que participar en una reuinión cada dos meses de coordinación en su territorio y una al año con el Sepe y aumentar el número de ofertas de trabajo colgadas en el portal web del ministerio. El Ejecutivo central asegura en el preámbulo de la resolución que aprobó el Consejo de Ministros el pasado 24 de julio que el PAPE "se enmarca en un período en el que se han confirmado y acentuado los signos de recuperación del mercado de trabajo que se habían apreciado en 2014, por primera vez desde el inicio de la crisis".

Esta realiza 800.000 reconocimientos médicos a trabajadores al año. Las políticas activas que ahora se estudia reformar tienen un presupuesto de 4.000 para alimentar 52 direcciones provinciales y más de 22.000 empleados. Las fuentes consultadas aseguran que esa modificación de las políticas activas puede presentarse como parte de un segundo ajuste de la reforma laboral o como una modificación en sí y subrayan que también el Ejecutivo anterior modificó en febrero de 2011 el papel que juegan las Empresas de Trabajo Temporal (ETTs) en los sistemas de contratación. Muchas veces se oye que España es un país complicado, donde hay muchas más leyes que buenas costumbres y mejores prácticas, y donde los formulismos y la excesiva burocracia llevan en muchos casos a la parálisis. Se reitera doctrina de este Tribunal (en especial, STC 63/1984 y STC 166/1985), según la cual el principio de igualdad consagrado en el Resta, sin embargo, dilucidar el extremo de su existencia a la luz de la Jurisprudencia Comunitaria y en particular, siguiendo los términos de la STJCE de 11 de marzo de 1997 (asunto Süzen) que en primer lugar define el perfil general de la transmisión empresarial como "la que necesita además de la sucesión en la actividad objeto de la contrata la cesión de elementos significativos del activo material o inmaterial", para añadir en su Fundamento 21 que en determinados sectores en los que la actividad descansa fundamentalmente en la mano de obra, un conjunto de trabajadores que ejerce de forma duradera una actividad común puede constituir una actividad económica y por ello ha de admitirse que dicha entidad puede mantener su identidad aun después de su transmisión cuando el nuevo empresario no se limita a continuar con la actividad de que se trata, sino que además se hace cargo de una parte esencial, en términos de número y de competencias del personal que su antecesor destinaba especialmente a dicha tarea." En definitiva la doctrina que sienta la referida STJCE de 11 de marzo de 1997 es la de incluir en la noción de traspaso la transferencia de la mera actividad cuando la misma va acompañada de la asunción de las relaciones laborales con un núcleo considerable de la plantilla anterior dando la Sentencia a ese conjunto el carácter de "entidad económica"."" En el mero traspaso de trabajadores (vs Sucesión de empresa o sucesión de contrata strictu senso) se requiere la aquiescencia de los trabajadores ETT y ETT Menorca UTE STS 29 feb 2000 (Rec. El aire mortuorio que tiene la oficina de empleo (sangrante eufemismo) de mi barrio es un adelanto cada mañana de la tragedia que espera a los muchos que allí acuden.

El documento solo parece buscar dejar abierta la puerta a la privatización de cualquiera de los servicios que se identifican. Se introducen mecanismos de colaboración público-privada, sin garantizar recursos suficientes para los servicios públicos prestados para que este sistema garantice los derechos y la calidad a la que tienen derecho los ciudadanos. ETT en momento alguno dejó de ejercer sus facultades directivas y organizativas sobre el personal que prestaba sus servicios en el centro de trabajo de ETT, el que en la prestación práctica de su trabajo hubiera de adecuarse a las instrucciones de esta última, era una lógica consecuencia de la propia contrata donde se especificaba los trabajos que había de asumir la contratista o subcontratista en este caso, pero en el aspecto no técnico, sino laboral, es lo cierto que la supervisora de ETT. El motivo es además irrelevante, porque todo el contenido del acuerdo ha de considerarse probado dados los términos del hecho cuarto, con lo que la Sala puede entrar directamente en su examen a partir de la denuncia que se formule por la vía del apartado e) del artículo 205 LPL. la existencia de una empresa aparente que carece de organización propia, medios necesarios para el desarrollo de la actividad y el ejercicio simulado de las funciones propias del empresario.



Si se dieran los indicios que mas adelante expondremos podríamos estar ante una cesión ilegal de trabajadores. Las operadoras de telefonía son quizá el peor ejemplo, pero las oficinas de empleo, por otros motivos, no se quedan atrás. Allí muchos van a sellar, un trámite de resonancias medievales. El Ejecutivo argumenta que el Servicio Público de Empleo sólo intermedia en el 1,6% de los trabajadores que encuentran empleo. Barato, presidente de la comisión de Mutuas en la patronal CEOE, niega que haya conflicto ya que CVC no compraría directamente. En 2014, la junta directiva de Fremap aceptó una oferta de solo 100.000 euros por su sociedad de prevención pese a que en libros valía 12,7 millones. La ministra de Empleo, Fátima Báñez, tras el consejo de ministros El Ejecutivo estudia privatizar las llamadas políticas activas de empleo, las medidas que el Servicio Público de Empleo dedica a conseguir la inserción o reinserción laboral. En ningún momento del documento se menciona detalladamente el papel que puedan tener las nuevas agencias de colocación privadas en la prestación de los servicios de la Cartera.

Sin embargo, la nueva entrega aumentaría el papel de esas empresas y, sobre todo, les permitiría recibir financiación pública vinculada –según esas fuentes—a la “consecución de objetivos” y a parámetros de eficacia. Por lo demás, los escritos de formalización de los recursos adolecen en la construcción de estos motivos de la misma deficiencia ya apreciada en los anteriores: falta en ellos el análisis comparativo pormenorizado de hechos, fundamentos y pretensiones en que consiste el requisito legal de " relación precisa y circunstanciada de la contradicción alegada " exigido en el 9.3 CE y 217 LPL), la doctrina ya marcada por esta Sala IV resolviendo recursos de otros trabajadores que prestaban servicios en análogas condiciones con relación a alguna de las partes ahora demandadas como empleadoras, en concreto en sus SSTS/IV 8-abril-2009 (recurso 61/2008), 7-abril-2009 (recurso 3228/2008) y 23-abril-2009 (recurso 70/2008 ). 1712/1992) - centros telefónicos con contrata a una determinada persona. La Asociación Nacional para la Defensa Efectiva del Trabajador (ANDET) recurrió a la Defensora del Pueblo esta medida.

El lunes pasado, los auditores de Deloitte enviados por IDC Salud comenzaron a estudiar las cuentas de la sociedad. Jurisprudencia sobre Cesión de trabajadores y Cesión, traspaso o venta de empresa (a efectos laborales) Contenidos  OTRAS PÁGINAS RELACIONADAS 2 CESIÓN ILEGAL DE TRABAJADORES 2.1 Resumen 2.2 Cabe cesión ilegal cuando hay Contrato de Puesta a Disposición (CPD) hecho por una ETT - Cómputo de la antigüedad 2.3 Delimitación entre la subcontratación lícita y la cesión ilegal de trabajadores - Condena de futuro 2.4 Locutorios telefónicos 2.5 Administraciones públicas 2.6 Cómputo de antigüedad 2.7 ETTs 2.8 El trabajador puede optar por adquirir la condición de fijo en una u otra empresa, pero la readmisión o extinción del contrato corresponde a la empresa 2.9 La contratista no puso al servicio de la principal su organización empresarial 2.10 Cesión ilegal entre empresas reales 2.11 Cesión de trabajadores vs contrata de obras o servicios - Empresa ficticia 2.12 Contratas, cesión ilegal de trabajadores y cooperativas de trabajo asociado 2.13 Pilotos de líneas aéreas - Conflicto colectivo - Competencia de jurisdicción 2.14 Subcontratación de obras y servicios y cesión ilegal de trabajadores 2.15 Azafatas de congresos 2.16 El Conflicto colectivo es cauce adecuado para reclamar por cesión ilegal de trabajadores en algunos casos. Demanda de oficio de la Autoridad laboral 3 PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES 3.1 En acciones instadas de oficio por la Inspección no es aplicable el Y al efecto puede argumentarse: a) limitar las obligaciones de la ETT -en este aspecto- a que el CPD obedezca tan sólo formalmente a causa legal justificativa, invitaría a reducir la diligencia de la indicada empresa en orden al cumplimiento de las previsiones legales, con la consiguiente desprotección para los intereses del trabajador; b) la defensa de tales intereses ha llevado a la jurisprudencia a sostener la aplicabilidad -por analogía- de las previsiones del antiguo En este caso, quien ocupa la posición de empresa contratista sí es un verdadero empresario.

Consecuencias derivadas de la cesión ilegal de mano de obra La cesión ilegal de mano de obra supone la comisión de una infracción muy grave tipificado en el artículo 8.2 del RDL 5/2000, de 4 de agosto, y puede comportar una sanción administrativa de 6.251 a 187.515 euros. Hay que empezar señalando que la denuncia es defectuosa. Un mismo trabajador que sea contratado por la misma empresa en 3 ocasiones durante un año a través de una ETT contabiliza como tres intermediaciones, mientras que a través del SEPE solo cuenta como una. Según el Ministerio de Empleo, sólo 1,6 de cada 100 trabajadores que encuentran trabajo lo hacen a través del SEPE, lo que supone que de los 13,8 millones que se firmaron en el año 2012, el SEPE sólo intermedió en unos 220.000, su peor registro en las últimas décadas. El Gobierno del PP ha recortado ya en 3.300 millones de euros las cuantías destinadas a esas llamadas “políticas activas” pero todavía conservan una dotación de 4.000 millones de euros que podrían sufrir nuevos recortes y que –según esas fuentes—podrían vincularse a objetivos de colocación para garantizar una mayor efectividad de los servicios de colocación.

Oficialmente, sólo se simplificarán contratos El Ministerio de Empleo sostiene oficialmente que las modificaciones adicionales a la reforma laboral que han exigido las autoridades comunitarias se limitarán únicamente en primer lugar a simplificar el número de contratos de los más de 40 actuales a cinco y, en segundo lugar, a la ampliación del contrato indefinido de apoyo a emprendedores a trabajadores a tiempo parcial. Sin embargo, el presidente del Eurogrupo, Jeroen Dijsselbloem, reveló el pasado día 24 que el Ejecutivo español “está preparando medidas basadas en el programa nacional de reformas, incluyendo una segunda ronda del mercado laboral». Aún así las organizaciones sindicales, UGT y CCOO, hemos remitido conjuntamente las observaciones sobre el Proyecto de Real Decreto a la Secretaría de Estado de Empleo. CCOO y UGT criticamos el proceso por el que se pretende aprobar de forma precipitada el proyecto de Real Decreto sobre la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, asunto de gran calado que exigiría abrir un período de consulta y negociación con los interlocutores sociales.

El Gobierno ha presentado el proyecto de Real Decreto que regula la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, que prevé desarrollar los servicios comunes que deben prestar los Servicios Públicos de Empleo en toda España sobre: orientación profesional, colocación, formación, cualificación para el empleo y asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento. PLAY Play again Play again Las organizaciones sindicales hemos tenido noticia de la existencia del borrador de proyecto de Real Decreto por el que se aprueba la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo el reciente 18 de junio, a través de la convocatoria de reunión extraordinaria del Sistema Nacional de Empleo, enviada en esa fecha, y para su celebración el día 25 de junio. Se introducen mecanismos de colaboración público-privada, sin garantizar recursos suficientes para los servicios públicos prestados para que este sistema garantice los derechos y la calidad a la que tienen derecho los ciudadanos El Real Decreto parece un mero índice de servicios sin ningún otro factor que dote de coherencia lo que se pretende construir. “Ofertan un 30% sobre sus competidores”, explica un directivo de la competencia que pide el anonimato. Pugna por la firma de Fremap La pugna por las sociedades de prevención de las mutuas se ha enturbiado con la venta de la mayor del sector, la de Fremap. Esto dificulta acceder a un trabajo para aquellos cuya formación es más precaria. Estas mutuas, organizaciones sin ánimo de lucro tuteladas por el Ministerio de Empleo, tienen hasta el 31 de marzo para desprenderse de sus sociedades de prevención o se verán obligados a liquidarlas.



Al mismo tiempo, se introduce la evaluación del grado de eficacia de esos contratos mediante el número de parados que han recolocado las agencias privadas. Al mismo tiempo, el PAPE también incentiva la uniformización y coordinación de los programas de empleo al dar más puntuación a las comunidades autónomas que sigan las directrices del Ministerio de Empleo que dirige Fátima Báñez. El Ministerio de Empleo aún debe aprobar las ventas y las cifras no son oficiales sino de fuentes de las negociaciones. En febrero, en una primera estimación, KPMG valoró el grupo entre 13,6 y 15 millones, según un documento de la consultora al que tuvo acceso este diario. Una parte clave de las compras son los datos sanitarios que manejan las sociedades de prevención, según fuentes del sector. Hace unas semanas, los sindicatos volvieron a advertir de que la intención del Ministerio de Empleo era avanzar en la privatización, tal y como contemplaba el borrador de Real Decreto sobre la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo.

Y es que el SEPE no le soluciona la vida a casi nadie, tan sólo prolonga el calvario. La nulidad absoluta, por acarrear en sí una infracción de principios de interés general prevalente, tiene, como características más relevantes, que es apreciable no sólo a petición de cualquier interesado, sino también de oficio y en cualquier momento, sin que la acción para exigir la declaración de nulidad esté sujeta a plazo alguno de prescripción o caducidad. En este punto las conclusiones pueden, en principio, variar según el demandado. ¿Y si el presupuesto de McDonald’s saliera de los impuestos de todos y el resto de hamburgueserías fueran propiedad de los amigos de quienes controlan McDonald’s? Ahora ya nos los explicamos mejor: #MarcaEspaña. Según este contrato, por ejemplo, si un trabajador de menos de 45 años y en paro durante 3 meses consigue un empleo de 6 meses a través de una agencia privada, ésta recibirá 300€ como compensación.

En lo que concierne al recurso de los trabajadores, el mismo debe ser desestimado, siguiendo, como se ha indicado, por razones de seguridad jurídica acordes con la finalidad unificadora de este recurso ETT El resumen jurisprudencial que a continuación se expone, trata de delimitar esta cuestión. 44.1 ET, y por ello el Pliego de Condiciones impuesto al nuevo adjudicatario no obliga a los trabajadores que estaban al servicio de aquella empleadora que continúa prestando la misma actividad en concurrencia con la nueva, porque el tratar de imponerles el paso de una empresa a otra supone una novación de contrato por cambio de empleador (deudor en cuanto a las obligaciones legalmente impuestas a todo empresario), y ello no puede hacerse sin el consentimiento de los acreedores en dichas obligaciones (art. La cesión ilegal de trabajadores.

Para el personal español que ha prestado servicios para ETT también se dice que no ha sido contratado para cederlo a la empresa americana, sino que la prestación de servicios en EE.UU resulta, por sus condiciones y por evitar el recurso al expediente de regulación de empleo, de interés para los propios trabajadores implicados y que, por ello, ha tenido la conformidad cuando menos tácita de los sindicatos, concluyendo que no se aprecia el ánimo torticero propio de la cesión. Lo que consta es lo que se deriva de los términos de los contratos de servicios y es que ETT contrata al personal y lo pone a disposición de ETT o ETT. Critican, además, que el Gobierno refuerce a las empresas privadas mientras recorta el presupuesto para los servicios públicos de empleo. CCOO ha presentado hoy en el Ministerio de Empleo 9.056 firmas de empleados públicos contra las políticas de privatización de la Seguridad Social y para exigir la apertura "urgente" de un proceso de negociación que acabe con el "enorme déficit de personal". En un comunicado, el sindicato ha explicado que con la recogida de firmas, que se inició el pasado noviembre, también se demanda una oferta de empleo público "suficiente" para garantizar el sostenimiento de los servicios públicos. CCOO ha asegurado que la política de privatizaciones está influyendo en el día a día de los empleados públicos pero también en unos servicios públicos de calidad.

El sindicato se ha referido a la privatización de la línea telefónica 901, y a las autorizaciones a contratar personal externo en la Intervención General de la Seguridad Social y en el Imserso. El sindicato ya ha denunciado esta política de privatizaciones en la mesa delegada de la Seguridad Social, en el Consejo General del Instituto de la Seguridad Social y en el Congreso de los Diputados. Tal solución se ha fundado en los siguientes hechos probados: A) Entre las empresas codemandas existía un contrato por el que la principal contrataba a ETT para la actualización y captura de redes de distribución de gas en el sistema ICARO de ETT. - "PRIMERO.- La trabajadora demandante y hoy recurrente en casación para la unificación de doctrina, prestó servicios para la empresa ETT, S.A. Creo que no se puede generalizar, pero hay ciertas cosas por aquí que no funcionan. Una de esas cosas es el antiguo INEM (ahora se llama SEPE o Servicio Público de Empleo Estatal). La subrogación es otro caso legal pero en el que puede haber cesión ilegal. El documento, que la Generalitat tenía pensado aprobar la semana que viene, prevé destinar 1,9 millones de euros a delegar la inserción de 10.000 parados en las agencias privadas de colocación.

“¿De qué hablamos? ¿De 300 contratos de un día?”, pregunta  Igual que prevé 40 euros por entrevista y 600 por los contratos de seis meses o más, el borrador de la orden prevé los 300 euros citados por trabajos de tres meses; 400 por empleos de cuatro y 500 por cinco meses. Personas “ocupables” El hecho de que la orden establezca que las agencias privadas atenderán a las personas más “ocupables”, las que no necesitan formación, “refuerza la sospecha” de los sindicatos “de que la colaboración público-privada en la intermediación laboral puede suponer un agravio para las personas desempleadas y con mayor dificultad para encontrar trabajo”. El negocio incluye los reconocimientos médicos a 1,6 millones de trabajadores de empresas, con lo que IDC Salud formará el mayor conglomerado de sanidad privada en España. La venta de las sociedades de prevención de las mutuas de accidentes de trabajo está siendo un proceso sigiloso con enormes implicaciones. Supongo que en otro caso pondríamos el grito en el cielo, pero con el SEPE, curiosamente, apechugamos. En esas oficinas, a las que acuden cada mañana por imperativo burocrático cientos de parados descreídos e indiferentes cada mañana, no se oye hablar de empleo. “Nos parece inaudito”, manifestó la secretaria de Estado del Bienestar y Trabajo de la UGT de Cataluña, Laura Pelay, quien alertó de los “peligros” de la orden.

La privatización de la salud laboral atrae a gigantes del capital riesgo. El gigante sanitario IDC Salud (hasta 2013 llamado Capio), controlado por el fondo de capital riesgo CVC, protagoniza el proceso de privatización de las sociedades de prevención de las mutuas de accidentes de trabajo, que debe terminar el próximo 31 de marzo. Las políticas activas conservan una dotación de 4.000 La primera entrega de la reforma laboral y las modificaciones sobre las políticas activas ya permitían a las ETTs actuar como agencias colocadoras colaboradoras del SEPE (Servicio Público de Empleo). Al mismo tiempo, la intermediación para el empleo pasa de ser un derecho y un servicio público a un negocio para las agencias privadas. Respecto de la cesión ilegal de trabajadores, arts. La contradicción requiere que las resoluciones que se comparan contengan pronunciamientos distintos sobre el mismo objeto, es decir, que se produzca una diversidad de respuestas judiciales ante controversias esencialmente iguales y, aunque no se exige una identidad absoluta, sí es preciso, como señala el precepto citado, que respecto a los mismos litigantes u otros en la misma situación, se haya llegado a esa diversidad de las decisiones pese a tratarse de "hechos, fundamentos y pretensiones sustancialmente iguales".

Una medida un tanto extraña para un gobierno que defiende la economía de competencia y libre mercado. ¿Contrataría McDonald’s a Burger King para que fueran ellos quienes vendieran hamburguesas, en lugar de invertir ese dinero para vender más sus propios Big Mac? No se entiende. Las políticas activas conservan una dotación de 4.000 millones a día de hoy. 44 y, en general, ET-arts.42-44. Tan sólo mete datos en un ordenador que le escupe al cabo de unos segundos números de afiliación y expedientes, y confusos cálculos de prestaciones organizados en torno a las más confusas aún bolsas del paro. El artículo 1.1 de la Directiva 2001/23 establece que: "a) La presente Directiva se aplicará a las transmisiones de empresas, de centros de actividad o de partes de empresas o centros de actividad a otro empresario como resultado de una cesión contractual o de una fusión. El aprobado por el Gobierno este viernes es el primer concurso que se pone en marcha. Incentivos por delatar El Gobierno incluyó en el acuerdo marco, no solo compensaciones por colocar a parados, sino también por delatarlos si encontraban alguna irregularidad.

Trabajador del contratista que presta servicios dentro de un servicio de la principal bajo la dependencia de los trabajadores de ésta. En todo caso, lo que es innegable es que el SEPE es ineficiente y, según están las cosas, conviene cambiarlo de arriba a abajo, aunque eso suponga su privatización. A cambio, el ministerio les pagaría en función de determinados baremos que ya están aprobados. Actualmente, bajo el nuevo nombre de SEPE, asistimos a su progresivo desmantelamiento en todas sus actividades. En los últimos años, mientras se reduce el presupuesto para formación y empleo -en 2012 se eliminaron 2.458 millones de euros en el Servicio Público de Empleo Estatal-, se reduce la oferta de cursos de formación y el gasto en prestaciones por desempleo disminuye, el empeño actual del gobierno para los servicios de empleo pasa por el control y seguimiento de los perceptores de prestaciones. En paralelo, las agencias privadas de colocación y de empleo temporal vivieron sus años dorados durante la época de bonanza económica, gracias al tirón de sectores caracterizados por un alto nivel de temporalidad y rotación, como el sector turístico y la construcción. Por ejemplo, habla de pagar 300 euros a las agencias “por tres meses de contratos”. Fuentes sindicales temen que si es IDC quien se hace con la sociedad de prevención haya pérdida de empleo porque al fusionarse con otras tres sociedades habrá puestos redundantes. En octubre pasado, IDC Salud llegó a un acuerdo para adquirir la sociedad de prevención de Fraternidad por 28,5 millones, más 1,5 millones por una sociedad que esta tiene en Argentina. No acaba ahí el conglomerado al que aspira IDC Salud, controlado por el fondo de capital riesgo CVC, fondo que en España también invierte en Cortefiel, Abertis y Deoleo, entre otras.

Conforme a lo antes razonado, si en el caso concreto aquí planteado el trabajador afectado por este recurso fué traspasado de " ETT " a "ETT" el día 1 de Mayo de 1999, es claro que cuando presentó su papeleta de conciliación (18 de Agosto de 2003), la acción estaba prescrita. Uno ya lo asume, pero la cosa es tan mosqueante como si fuéramos a un hospital con la certeza de que no nos iban a curar, o como si mandáramos a nuestros hijos a un colegio donde el 98% de los alumnos no iba a aprender nada de nada. No hay que olvidar que el contrato temporal está caracterizado por la limitación de sus causas legitimadoras, pretendiéndose con esta limitación evitar que por la desviada vía de la contratación temporal se atiendan necesidades permanentes de la empresa. Empleo impuso su venta para impedir que las mutuas realicen actividades comerciales y que el dinero de las cotizaciones sociales acabara en otros fines que no fuera la cobertura de accidentes laborales. Las compras parecían destinadas a pequeñas sociedades del sector —hay 538— de la prevención de riesgos laborales o incluso a trabajadores y directivos de las sociedades de las mutuas. Es una paradoja, pero siempre ha sido así. Pero en las oficinas de empleo no hay ofertas de empleo.



La UE ha pedido 2.500 millones en políticas laborales. Son empresas que hacen programas de prevención de riesgos laborales o reconocimientos médicos. Las notas más significativas de una cesión ilegal son: el objeto de los contratos entre las empresas se limita a una mera puesta a disposición de mano de obra de la empresa cedente a la cesionaria. En 2012, Fraternidad realizó 350.000 reconocimientos médicos, tiene más de 1.000 empleados y factura unos 60 millones al año. Después, adquirió la sociedad de MC Mutual por unos 22 millones, según fuentes del sector, y el 17 de marzo Mutua Universal pactó venderle la suya por otros 25 millones. No, en las oficinas de empleo sólo hay notas que dicen a qué mesa tiene que acudir uno si quiere hacer éste o el otro trámite, o hasta qué hora puede hacerlo para no entorpecer el lento, pero inexorable, discurrir de los parados por sus dependencias.

En Internet, los responsables del SEPE proclaman, con la retórica al uso, que el organismo "trabaja por y para la sociedad" y que "toda la actividad del organismo debe centrarse en investigar las necesidades de sus clientes y orientar el trabajo a satisfacerlas de la manera más eficaz". (...) En la sentencia de contraste se afirma que los trabajadores de la contratista realizaron en todo momento las tareas propias de un contrato de asistencia técnica, labores específicas y distintas de las realizadas a diario por los empleados de la empresa principal, así como que se trataba de dos empresas autónomas y diferenciadas, siendo así que la contratista realizaba trabajos de elevada técnica y ocupación coyuntural de trabajadores dedicados a ella, actividad que no constituía parte del objeto social propio de la empresa principal. "El indicador para este objetivo -explica el texto del plan- evalúa el esfuerzo en la puesta en marcha de sistemas de colaboración público-privada en el ámbito de la intermediación laboral, en línea con la las recomendaciones del Consejo de la UE y los programas nacionales de reformas de España, y valora los resultados de esa colaboración".

Un indicador para cuantificar el impulso a las nuevas agencias privadas consiste en determinar el porcentaje que cada autonomía destina a los servicios privatizados, con lo que las comunidades que firmen más contratos externos recibirán más puntos a la hora de recibir fondos de políticas activas de ocupación. Más bien se deduce lo contrario, pues ETT sólo sigue abonando el salario base con lo que hay que entender que el resto de la retribución corre a cargo de ETT, asumiendo así ésta una posición empresarial. Sin embargo, los directivos y trabajadores preparan una oferta similar, una fórmula que funcionó en Ibermutuamur (vendida por 13 millones a su equipo directivo y empleados). La junta directiva está dividida y hay quien, como el líder agrario Pedro Barato, se inclina por la oferta de IDC Salud con el argumento de que es la que más dinero va a dar. El procedimiento no es público. IDC no comenta las cifras. Al contrario, el hastiado funcionario que nos toca en suerte no hace preguntas y casi ni nos mira.

No obstante, Empleo rechazó la petición de la Defensora y siguió adelante con la medida. CCOO y UGT se opusieron a la intención del Ejecutivo de reforzar la colaboración con las agencias privadas de colocación. La acción ejercitada no es una secuela del contrato de trabajo, dado que éste genera una relación laboral interpartes de la que la autoridad laboral es un tercero, lo que de suyo impide ligar al nacimiento de la acción ejercitada a ese contrato, el cual funciona sólo como presupuesto de ejercicio. Sindicatos y patronales viven en gran parte de los cursos a los parados. 2) Las lecturas se realizan con unos ordenadores portátiles de lectura (en adelante, TPL) propiedad de ETT. El Consejo de Ministros ha aprobado la medida este viernes, que se concretará en un contrato de servicios por un presupuesto inicial de 41,7 millones de euros para 2014 y 2015. Será el Servicio Público de Empleo Estatal el que tramitará este contrato, al que podrán presentarse las ochenta agencias de colocación que hace unas semanas fueron seleccionadas como colaboradoras de los servicios públicos de empleo.

La subrogación. El motivo parte de los dos contratos de servicios mencionados, que sólo son aplicables a la segunda situación, la cual únicamente se aborda de forma específica con referencia a la licencia invernal en la última parte del escrito, mientras que en el resto de desarrollo parece partirse de que el régimen de los contratos de servicios de 27 de julio de 2003 y 26 de marzo de 2004 es también aplicable a la primera situación, lo que no puede compartirse, porque esos contratos se refieren al personal contratado por ETT y destinado a prestar servicios en ETT o ETT. No se entiende que en el contexto de crisis-estafa actual, las decisiones políticas vayan encaminadas a reducir la oferta de formación, si no es para mantener la presión a la baja de los salarios. Si a todo lo anterior le sumamos las barreras de entrada y trampas que el Gobierno pone para el uso del SEPE, tanto para desempleados como para las empresas que desean contratar, podemos concluir que los servicios de ayuda al empleo están transformándose de forma gradual, aunque acelerada, desde instrumentos para ayudar a la inserción laboral a meras herramientas para el control y monitorización de los desempleados, con el objetivo de dificultar el acceso a las prestaciones de desempleo, aumentando el riesgo de exclusión social.

Los ciudadanos pasamos de ser personas con necesidades de subsistencia, independientemente de nuestra situación laboral, a ser una carga a la que conviene vigilar, en aras de cumplir con los objetivos de déficit y austeridad. La Unión Europea ha exigido al gobierno español ahorros en materia laboral de 2.500 millones de euros. Las que ganen el concurso tendrán que poner en marcha "actuaciones de inserción laboral durante al menos seis meses" para los beneficiarios de las ayudas del Plan Prepara, así como para los demandantes de empleo de Ceuta y Melilla. Fue en 2013 cuando el Ministerio de Empleo anunció que trabajaba en un acuerdo marco con agencias de colocación para externalizar a éstas parte de la labor de los servicios públicos de empleo: recolocar parados, hacer itinerarios de formación, orientación, reciclaje... Cada año, según leo, sólo un par de cientos de miles de parados (de un total de cinco millones) encuentran empleo en alguna de las 750 oficinas del SEPE. Soledad Becerril dio la razón a la asociación y pidió al Ministerio de Empleo que retirara este incentivo, que consideraba "indebido". Pura escolástica burocrática. Al contrario de lo que pasa en otros países, la atención al cliente (y al ciudadano) en España sigue dejando mucho que desear, a pesar del aire sofisticado del marketing con que nos intentan seducir. Lo que no tiene sentido es que, por incompetencia de los unos o por los intereses creados de los otros, el antiguo INEM siga sonando a marcha fúnebre. El Proyecto de Real Decreto del Gobierno por el que se aprueba la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo es otro paso más en la externalización de los servicios en detrimento del papel que deben jugar los Servicios Públicos de Empleo.



Oficialmente, el Gobierno asegura que las nuevas modificaciones de la reforma laboral sólo implicarán la reducción de las fórmulas de contrato, pero fuentes de Empleo admiten que “aumentar el papel de las ETTs y empresas de colocación” para lograr “más efectividad” en la búsqueda de empleo son opciones que están sobre la mesa y que reclama la Comisión Europea. Bruselas reclama un ajuste de 2.500 millones en políticas laborales. El antiguo Inem tendrá en cuenta el grado de desarrollo de los contratos firmados por los servicios de empleo autonómicos, entre ellos el Servei d'Ocupació de Catalunya (SOC), con las agencias privadas de colocación a la hora de decidir el reparto de 4.788 millones de euros en políticas activas. El Plan Anual de Política de Empleo (PAPE) que publica el BOE se fija como una de las prioridades "impulsar la colaboración público-privada" como uno de los objetivos que determinan la distribución de los fondos disponibles. Las compensaciones oscilan entre los 300 y los 3000 euros según el perfil de la persona en paro. De las cerca de 700 agencias de colocación que hay registradas en España solo unas pocas podrían acceder a este convenio, las que superaran el proceso de adjudicación que valoraba, entre otros factores, las personas colocadas durante el año anterior.

El mismo criterio se reitera en la STS 11 dic 1997 (Rec. 43 ET [para más detalles, la STS 04/07/06 -rcud 1077/05 -]. La privatización de los servicios de empleo -dejar en manos privadas la colocación, formación y control de trabajadores en paro- es una idea bastante antigua, como antiguos son los prejuicios con los que se argumenta. Este mismo verano, el Gobierno dio un importante paso en este sentido, adjudicando contratos por valor de 200 millones de euros a agencias privadas de colocación. Barato ha recibido críticas internas porque es consejero dominical en la cotizada Deoleo en nombre de CVC, a la vez que defiende en la mutua la oferta de IDC, controlada por el mismo fondo. Sin embargo, IDC Salud ha irrumpido poniendo mucho más dinero del que el sector esperaba. “La prevención de riesgos ahora es muy poco rentable porque es un sector muy pequeño y atomizado, pero creen que con una facturación superior a 150 millones hay negocio”, explica un ejecutivo del sector que ha negociado con IDC. Rubén Rodríguez, presidente de la patronal de la prevención Aspa, destaca que IDC se convertirá en líder del mercado de la noche a la mañana, pide que se mantenga el empleo y muestra su sorpresa por la enorme inversión: “Este es un sector con escaso margen y poco valor añadido”. exigieron ayer al Gobierno catalán que, de forma “inmediata”, dé marcha atrás y retire la orden que fija las condiciones del primer paso para privatizar el servicio público de empleo, el SOC en sus siglas en catalán.

Se trata de un elemento más que antepone las necesidades de las finanzas y la patronal a la vida de las personas. Las necesidades más básicas como vivienda, alimentación o vestimenta, que deberían estar garantizadas como elementos mínimos para una vida digna, pasan a un segundo plano en favor del pago de la deuda ilegítima, los rescates bancarios y los beneficios empresariales. El Gobierno estudia privatizar las políticas activas de empleo para que las ETTs aumenten su papel en la intermediación laboral. “Es un sector que presenta unas perspectivas de crecimiento interesantes”, según un portavoz. Finalmente, el Ministerio de Empleo hizo públicas hace algo más de un mes la lista de 80 agencias que forman parte de ese acuerdo con los servicios públicos de empleo. Cuestión la planteada que ha de resolverse de conformidad a la doctrina establecida por la STS 04/07/06 [-rcud 1077/05 -], invocada precisamente como contraste, y cuyo criterio ha sido ratificado en nuestras sentencias de 28/09/06 -rcud 2691/05-, 17/10/06 -rcud 2426/05-, 15/11/07 -rcud 3344/06-, 03/11/08 -rcud 1889/07- y 03/11/08 -rcud 3883/07 -; esta última dictada a propósito de idéntica reclamación efectuada por un compañero del hoy actor recurrente y con condena de las dos empresas recurridas en este procedimiento. O sea, menos de un 5%.

En la página web del SEPE se nos dice, con calculada retórica, que la misión del organismo es "conseguir la inserción y permanencia en el mercado laboral de la ciudadanía y la mejora del capital humano de las empresas". Fue el Ministerio de Empleo quien paró la venta. Suelen ser sitios oscuros, de luz mortecina y tonos apagados. De hecho, tanto el actual consejero de Empresa y Empleo, Felip Puig, como su antecesor, Francesc Xavier Mena, siempre han asegurado que no traspasarían a los privados los perfiles más fáciles de colocar, lo que se contradice con la orden. “Lo que debería hacer la Generalitat con 820.000 personas sin trabajo y el 60% desde hace más de un año, es reforzar el SOC con más recursos y no regalar dinero a las agencias privadas de colocación”, afirman los sindicatos. El Gobierno acaba de dar un paso más en la privatización de los servicios públicos de empleo: serán agencias de colocación privadas las que se encarguen de gestionar la inserción laboral y los programas de recualificación de las personas que cobran el llamado Plan Prepara o, lo que es lo mismo, la ayuda de 400 euros para parados que hayan agotado todas sus prestaciones.

La Sala analiza su competencia, entendiendo que carecen de la misma respecto de la compañía aérea norteamericana demandada, por no tener esta conexión alguna con España, al tratarse de una compañía extranjera que no tiene tan siquiera sucursal en España, llevándose a cabo la contratación del trabajador y la prestación de servicios fuera de dicho país. Lo que es lo mismo: 300€ menos para subsidios, formación o para los salarios de quienes nos atienden cuando vamos a la oficinas públicas de empleo. El antiguo INEM tenía mejores resultados buscando trabajo a los desempleados que las agencias privadas. Ya antes de la crisis, cuando todavía se le denominaba INEM, no eran pocas las voces que criticaban su ineficacia en la colocación de desempleados, cuando sus resultados eran mejores que los de las agencias privadas y estaban en la línea del resto de Europa. Es necesario mejorar el derecho de consulta, disponer de información sobre acciones y medidas, así como sobre su evaluación y posibilitar la realización de propuestas en fases anteriores a su presentación. El Gobierno central y las comunidades autónomas intensificarán este año la privatización parcial del Servicio Público de Empleo (Sepe).

Los funcionarios que atienden a uno no están con el teléfono en la oreja, recibiendo peticiones de las empresas, sino en religioso silencio, rellenando aburridos expedientes, dando de alta parados o gestionando subsidios o prórrogas. IDC, que en enero compró las clínicas Quirón, se ha llevado las sociedades de prevención de Fraternidad, Mutua Universal y MC Mutual. Mientras que en la recurrida el trabajador se integraba en el círculo rector de la principal, realizando las funciones propias de ésta, fichando en la misma y realizando el mismo horario y jornada que los demás trabajadores. Ahora, es la favorita para quedarse la de Fremap, con lo que tendría un 30% del mercado con una inversión que fuentes del sector cifran en unos 100 millones de euros y que supera con creces lo que están ofertando sus competidores. 43 ET atribuye al trabajador ilegalmente cedido la opción por adquirir la condición de fijo en una u otra empresa, la cedente o la cesionaria, el derecho de opción entre la readmisión o la extinción indemnizada del contrato en caso de despido improcedente corresponde a la empresa --y salvo que el trabajador despedido tenga la condición de representante legal de los trabajadores--; de modo que se trata de dos derechos independientes, el primero previo, que determinará la integración del actor en una u otra empresa, y el segundo atribuido a la empresa, con la referida salvedad.

También en los programas para la cualificación de parados, se observa un deterioro premeditado de las condiciones de trabajo a través de la destrucción de los servicios de empleo, que también han de preocuparse por la formación y reciclaje de los trabajadores. Si se analiza el nivel formativo de las personas tanto que consiguen un empleo a pesar de la crisis, como de aquellos que llevan más tiempo en situación de desempleo, se puede concluir que mientras los primeros tienen una formación de distintos grados, son los últimos los que carecen de especialización formativa. Que las decisiones políticas se encaminen a reducir la oferta formativa sólo se justifica en mantener la presión a la baja de los salarios Aún es más, se da la circunstancia de que las empresas están demandando una sobreformación -sin aumentar la retribución-, aprovechándose del nivel de desempleo y las necesidades de los trabajadores. Esto supone un 30% del mercado y queda por debajo de lo que daría problemas con Competencia. 43 del Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores.

El importe resulta de pagarles 600 euros para cada desempleado al que encuentren trabajo (con la previsión de que insertarán a una cuarta parte, 1,5 millones) y 40 euros por cada entrevista inicial que realicen las agencias(400.000 euros), como avanzó ayer este diario. Los sindicatos echan en cara a la Generalitat que en vez de consensuar las condiciones en el consejo de dirección del SOC (formado por la dirección, los sindicatos, las patronales y servicios locales de empleo), las hayan pactado a sus espaldas con la patronal de las agencias de colocación, ACACER. Entre ellas, hay desde grandes empresas como una filial de Telefónica a varias fundaciones, cámaras de comercio, y asociaciones, como es el caso de la Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios Autónomos. Desde ahora, estas agencias pueden concurrir a los concursos que convoquen tanto el Estado como las comunidades autónomas. En la STS-4ª de 27 de Diciembre de 1997 (Recurso 1727/97), con cita de las de 5 de Abril de 1993; 23 de Febrero de 1994; 12 de Marzo de 1996 y otras anteriores, se señala que "constituye requisito esencial en la sucesión de empresas regulada en el Pero ésta es la consecuencia de las reglas de competencia y acumulación: no cabe acumular acciones que no corresponden al mismo tribunal (artículo 71.1.1º LEC).

Es cierto que en el caso de que la secuencia contractual tenga interrupción superior a los veinte días [plazo de caducidad para la acción de despido], la regla general es la de que sólo procede el examen o control de legalidad de los contratos celebrados con posterioridad a la citada interrupción; pero de todas formas también cabe el examen de toda la serie contractual, sin atender con precisión aritmética a la duración de las soluciones de continuidad entre contratos sucesivos, en aquellos supuestos en que se acredite una actuación empresarial en fraude de ley y al mismo tiempo la unidad esencial del vínculo laboral, de manera que en tales casos se computa la totalidad de los servicios para el cálculo de la indemnización por despido improcedente (así, entre las más recientes, las SSTS 27/02/07 -rcud 3473/05-; 08/03/07 -rcud 175/04-, dictada en Sala General; 17/12/07 -rcud 199/04-; 26/09/08 -rcud 4975/06-; 03/11/08 -rcud 3883/07-; y 15/01/09 -rcud 2302/07- JAJ ), porque ha de atenderse más al criterio realista de la subsistencia del vínculo que a la formal voluntad extintiva de las partes, que incluso puede estar viciada (SSTS 10/04/95 -rcud 546/94-; 17/01/96 -rcud 1848/95-; y 08/03/07 -rcud 175/04 -). Además, en esta ultima resolución, consta que los trabajadores prestaban servicios en el centro de trabajo perteneciente a la empresa principal, pero la empresa empleadora, les facilitó ropa de trabajo y elementos individuales de seguridad, que tenían unos coordinadores que les encargaban las tareas a realizar y que únicamente recibían ordenes directas del personal de su empleadora, la empresa controlaba a través de las fichas de reloj el horario desarrollado y por tanto la jornada de trabajo, que les fijaba las vacaciones y que ejercía como empleadora su potestad disciplinaria.

A día de hoy, su labor es más discreta, como lo es la de los servicios públicos, dado que el principal problema es la caída brutal de la oferta de puestos de trabajo. Pese a lo anterior, gracias al actual mercado laboral dibujado por las reformas del PSOE y el PP, que prácticamente solo crea empleos temporales y, en gran medida con contratos de apenas unos días, las agencias privadas de colocación pueden parecer más útiles de lo que en realidad son. La fórmula, respetando siempre la voluntad de los trabajadores, tendría que haber sido distinta: suspensión del contrato de trabajo con ETT y mantenimiento de un vínculo laboral con ETT o ETT durante la temporada alta. La estética de las oficinas del SEPE ya lo dice todo. En este mundo al revés, como diría Gloria Fuertes, los funcionarios y el personal contratado que le atienden a uno muestran un nulo interés por conocer al parado, por saber de su pasado profesional y ver cuáles son sus carencias, pero también sus intereses y entusiasmos, para así orientarle. Se trata de un truco que viene como anillo al dedo a un Gobierno como el de Mariano Rajoy, más preocupado por maquillar cifras que por mejorar la calidad del empleo. La vida real poco tiene que ver con las fantasiosas cifras del Gobierno.

Es necesario que quede claro que, aunque operen en el mercado estas empresas y entidades de inserción de personas desempleadas, los Servicios Públicos de Empleo siempre seguirán prestando los servicios incluidos en esta normativa. Es necesario que se recojan los compromisos de dotar a los Servicios Públicos de Empleo (el Estatal incluido) de los medios humanos, materiales y técnicos adecuados, incluyendo dentro de los anteriores el diseño de un sistema de compensación que evite la descapitalización que ha sufrido la plantilla del Sistema Nacional de Empleo.

El Gobierno da otro paso más en la externalización de los servicios en detrimento del papel que deben jugar los Servicios Públicos de Empleo como garantes de la igualdad en el acceso de los Servicios. Por último, insistimos en la importancia que tiene la participación de los interlocutores sociales. Los adeptos a la teoría de la conspiración van más allá y nos dicen que todo forma parte de una estrategia bien meditada por el Gobierno para desmantelar servicios públicos como el de empleo, y así facilitar la entrada de empresas privadas en la gestión. Con la aquiescencia de la presidencia de la mutua, IDC Salud ha mandado a sus auditores a analizar los libros de su empresa para pujar. No obstante, cuando la cesión se realiza por medio de empresas de trabajo temporal pero para cubrir necesidades permanentes de la empresa, el objeto de la cesión es ilícito y por tanto ilegal. A su juicio, todas las fuentes estadísticas coinciden en una evolución conjunta que "muestra con claridad una mejoría en los principales indicadores respecto de los años anteriores" Las sociedades de prevención a la venta. 

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